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Documentación de la Gestión de Casos
Toda la documentación, sin menoscabo de lo perceptivo según la norma de aplicación, deberá ajustarse a la filosofía de trabajo enmarcada en los modelos de referencia de este PPT, recogiendo la figura de “persona de referencia” como figura clave en la organización del servicio. Será revisada y actualizada al menos anualmente y siempre que las circunstancias lo demanden. Los instrumentos de trabajo y los protocolos deberán se elaborarán en coordinación con el equipo implicado del PIRP. A fin de unificar y coordinar la metodología de trabajo según la necesidades del recurso, podrán ser modificados a propuesta del IAS. El servicio dispondrá de un modelo de acuerdo de prestación del servicio acorde al modelo del IAS, a firmar por la persona usuaria, o curador/a representativo/a en su caso, el cual deberá de presentar al IAS en el plazo de 15 días a partir de la adjudicación del servicio, para su aprobación. Deberá garantizarse una copia para la persona usuaria en el momento de su firma, y a su familia en su caso. Se elaborará un Manual de Funcionamiento del Servicio que contará con el organigrama, distribución del personal, programación general y los protocolos establecidos en el decreto 67/2012, de 20 de julio, y la de vigente aplicación. Además recogerá, al menos, los siguientes protocolos:
- Procedimiento de itinerario técnico.
- Procedimiento de coordinación con la unidad de salud mental de referencia.
- Procedimiento en situaciones de riesgo de la integridad física propia y ajena. • Procedimiento de actuación en situación de ausencia de usuario/a no planificada.
- Procedimiento de actuación por baja en el servicio.
- Procedimiento de prevención de abusos.
Con el fin de valorar la adecuación del Manual de funcionamiento del servicio y su ajuste al presente pliego, el mismo se deberá presentar a la Unidad Técnica de Evaluación y Calidad (en adelante UTEC) en un plazo no superior a un mes del inicio del servicio. Dicho manual deberá ajustarse a la filosofía de trabajo enmarcada en los modelos citados en este PPT, recogiendo la figura de “persona de referencia” como figura clave en la organización del servicio y contemplar la figura de el/a “usuario/a mentor/a” en los procesos de acogida al servicio.
Además, contará con una Guía de funcionamiento, que será entregada a la UTEC al mes del inicio del servicio para su visado, donde figurará como mínimo los contenidos recogidos en el “Modelo de Reglamento de Régimen Interior de los Centros Residenciales para Personas Mayores en situación de Dependencia” del IAS publicado en el BOP con fecha 16 de noviembre de 2009 o, en su caso la Guía de Funcionamiento en vigor del IAS.
Podrá ser objeto de revisión y modificación a propuesta del IAS. La persona usuaria, y su familia en su caso, contará con una copia de esta guía. La adjudicataria podrá ser requerida en cualquier momento por los servicios del IAS para presentar justificación documental sobre el servicio que se está prestando (programas, protocolos, registros, planes individuales o similares), acreditación del servicio, licencias o permisos de obligado cumplimiento, facturas originales de los gastos generados en el desarrollo del mismo y similares.
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